Saltar al contenido
Software de facturación ERP con VERI*FACTU, módulos propios y tus datos siempre tuyos. Apps móviles iOS y Android para tu equipo o para tus clientes. Páginas web Corporativas, tiendas online, landing, reservas y a medida. Consultoría Diagnóstico, VERI*FACTU, IA y un plan para digitalizarte.
Tienda Módulos para Dolibarr, listos para descargar

Pagas con tarjeta, descargas al momento y, si quieres, te lo instalamos.

Ver los módulos

VERI*FACTU: qué es, a quién obliga y desde cuándo

Hacienda ha anunciado que aplaza VERI*FACTU a octubre de 2028, igual para sociedades que para autónomos, para que llegue a la vez que la factura electrónica. Qué es, a quién obliga, qué cambia con el aplazamiento y qué conviene hacer ahora.

Normativa Webs Creative · 16 de septiembre de 2026 · 3 min de lectura

Mostrador de un pequeño negocio con la pantalla del programa de venta encendida
Foto de Nik · Unsplash

Actualizado el 5 de octubre de 2026. Hacienda ha anunciado que aplaza VERI*FACTU a octubre de 2028, para sociedades y autónomos. Falta que se publique en el BOE: hasta entonces siguen en vigor las fechas de 2027.

VERI*FACTU no es un programa que haya que comprar ni un trámite nuevo que presentar: es la forma en la que tu programa de facturación tiene que emitir las facturas cuando llegue la fecha. Cada factura se registra al momento, se le calcula una huella que la encadena con la anterior y se le añade un código QR. Si el programa está en modo «VERI*FACTU», además envía ese registro a la Agencia Tributaria según se emite.

Desde cuándo

El 5 de octubre de 2026 el Ministerio de Hacienda anunció, en una nota informativa, que aplaza VERI*FACTU para que llegue a la vez que la factura electrónica obligatoria de las empresas y autónomos que facturan menos de 8 millones de euros:

  • Octubre de 2028: sociedades y autónomos, todos a la vez.

Hasta ahora las fechas eran las que fijó el Real Decreto-ley 15/2025: el 1 de enero de 2027 para quien tributa por el Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto. El cambio todavía tiene que salir en una norma publicada en el BOE y, mientras no salga, esas son las fechas que valen. Hacienda aún no ha dicho qué día de octubre.

Lo que no cambia son los requisitos: Hacienda ha dicho que las exigencias técnicas se mantienen (registros íntegros, conservados, trazables e inalterables).

A quién no le afecta

  • A quien ya lleva el Suministro Inmediato de Información (SII), porque ya envía sus registros de facturación.
  • En País Vasco y Navarra, que tienen su propio sistema.

Qué pasa si no se cumple

La Ley General Tributaria, en su artículo 201 bis, prevé una sanción de 50.000 € por ejercicio para quien tenga o use programas de facturación que no cumplan los requisitos una vez que sean obligatorios. Ojo: la sanción es por tener el sistema no adaptado, no por haber hecho mal una factura.

Qué conviene hacer ahora

  1. Mira con qué facturas hoy: un programa, una hoja de cálculo o un Word. Si es lo segundo o lo tercero, el cambio es mayor y conviene no dejarlo para el final.
  2. Pregunta a tu proveedor si su programa estará adaptado a VERI*FACTU y a la factura electrónica, y cuándo te lo va a entregar.
  3. Aprovecha el cambio para ordenar lo demás: series de facturación, plantillas, cobros y envío al cliente.

Con el aplazamiento, lo sensato es cambiar una sola vez: un programa que cumpla VERI*FACTU y la factura electrónica, hecho con calma y no en los últimos meses de 2028, cuando todos los proveedores estarán saturados.

En nuestro software de facturación trabajamos sobre Dolibarr, que es libre, y dejamos el sistema preparado para VERI*FACTU y para la factura electrónica antes de la fecha. Si quieres que miremos tu caso, el diagnóstico es gratis.

Este artículo resume la norma a fecha de 5 de octubre de 2026 y no es asesoramiento fiscal: para tu caso concreto, consulta con tu asesoría.

Fuentes

  • Ministerio de Hacienda: nota informativa de 5 de octubre de 2026 sobre el aplazamiento de VERI*FACTU
  • Real Decreto 1007/2023 (reglamento de los sistemas informáticos de facturación)
  • Real Decreto-ley 15/2025 (plazos de 2027)
  • Ley General Tributaria, artículo 201 bis
  • Agencia Tributaria: información sobre sistemas informáticos de facturación y VERI*FACTU

#VERI*FACTU#facturación#AEAT

Esc
↑ ↓ moverse↵ abrirEsc cerrar